Guía para conseguir un visado de residencia no lucrativa en España
Por: Antonio Villena
Averigua cómo obtener un visado de residencia no lucrativa y sus requisitos.
Os contamos todos los detalles y requisitos para conseguir un visado de residencia no lucrativa en España.
Índice de contenido:
A continuación vamos a hablar del visado nacional de residencia no lucrativa, explicando los diferentes requisitos existentes para solicitar dicho visado.
El visado nacional de residencia no lucrativa suele ser solicitado por aquellas personas que desean venir a España, pero no van ejercer ningún trabajo, además lo solicitan aquellas personas que quieran venir tanto solas como con su familia.
1.Medios económicos necesarios
Entre los requisitos imprescindibles, uno de los más importantes es tener suficientes medios económicos, sería suficiente con tener la cantidad de dinero necesaria en una cuenta bancaria o recibir todos los meses el dinero suficiente para que se pueda mantener tanto él como el resto de la familia.
También es posible combinar ambas posibilidades teniendo una cantidad de dinero en el banco y a la vez recibir todos los meses otra cierta cantidad, siempre y cuando sea suficiente para poder mantenerse en España.
Dichos medios económicos necesarios, a fecha del año 2022, consisten en 580 euros multiplicado por 4 para el primer miembro de la familia, esa es la cantidad total que debe ganar al mes, pero dicha cantidad debemos multiplicarla por 12 debido a los 12 meses que serían la residencia de un año.
Respecto al resto de la familia, por cada miembro de la familia deben ser 580 euros al mes multiplicado por dichos 12 meses, con ello tendríamos la cantidad suficiente.
Es importante tener en cuenta que dicha cantidad de dinero depende de la cantidad especificada por el IPREM, que cada año cambia y se actualiza dependiendo del cálculo que se realiza para determinar dicha cantidad teniendo en cuenta diferentes cuestiones.
2. Primera excepción para personas que trabajen en su país de origen
También resulta importante tener en cuenta que, si trabajamos en nuestro país de origen en un centro de trabajo al cual tenemos que asistir durante una cierta cantidad de horas, no podremos solicitar dicho visado para este caso.
Sin embargo, existen excepciones que este despacho ha defendido a través de pleitos y discutido con los consulados consiguiendo que al final nos den la razón, dichas excepciones son casos de profesionales liberales que trabajan o como autónomos (freelances) o gerentes de una empresa y que puedan trabajar desde España de forma telemática o por teléfono, por tanto, no tiene que estar en el país de origen para seguir trabajando.
Con ciertas condiciones, es decir, si soy gerente de una empresa, que además es mía, o tengo una buena participación en la empresa y quiero ejercer estas funciones normalmente desde España ocasionalmente viajare a mi país de origen, pero voy a estar en España los seis meses de cada año que me establece la normativa, en este caso puedo.
Estas excepciones han salido adelante con diferentes sentencias del tribunal supremo en España, además hemos conseguido convencer a los consulados de que en dichos casos se concedan los visados a través de diferentes condiciones, como sería conceder un poder de representación a una persona en tu país de origen para que pueda representarte en caso de que sea necesario.
A través de esta condición o requisito, hemos conseguido que muchos consulados admitan estos casos y salgan adelante.
3. Segunda excepción para personas que trabajen en su país de origen
Existe además otra excepción para personas que no sean ni profesionales liberales ni gerentes de empresa, personas que no puedan ejercer su trabajo desde fuera de su país de origen, dicha excepción consiste en que el resto de integrantes de la familia puede venir a residir en España con la autorización de dicha persona, y luego un año más tarde se puede reagrupar a esta persona con su familia en caso de que las circunstancias hayan cambiado.
Por tanto, si la persona que actualmente no puede ejercer su trabajo fuera de su país de origen quiere que su familia viva en España, dicha persona puede autorizar dicha situación notarialmente, así que puede autorizar a su esposa a poder viajar con sus hijos a España y que pueda tomar cualquier tipo de decisión.
En este caso, la familia puede obtener la residencia mientras el esposo sigue en su país de origen, y en caso de que cambien las circunstancias más adelante dicho esposo puede venir a vivir con ellos a España reagrupándose con su familia, pero es importante que las circunstancias haya cambiado para ello.
4. Otros requisitos necesarios
Hasta aquí hemos hablado sobre el punto de vista económico, respecto a otros aspectos necesitamos un seguro médico concreto para conseguir el visado, pero no puede ser el mismo seguro que se utiliza para conseguir el visado Schengen.
Dicho seguro médico que necesitamos debe ser de una compañía de seguros española, que incluya poder ir a cualquier cita médica o a cualquier consulta sin tener que pagar una cantidad de dinero adicional por un servicio u otro, estamos hablando de un seguro médico sin copago.
Respecto a otros requisitos necesarios para conseguir el visado de residencia no lucrativa, mencionamos a continuación una lista de requisitos que también resultan importantes:
· Tener una vivienda en propiedad o alquiler de una vivienda a largo plazo.
· No tener antecedentes penales.
· No tener ninguna enfermedad contagiosa respecto a la normativa internacional del 2005.
· Escolarización de los niños cuando se llega a España si dichos niños tienen una edad entre los 6 y 16 años, que es la edad de escolarización.
Por tanto, estos son los requisitos más fundamentales para conseguir un visado de residencia no lucrativa en España, así que para cualquier consulta estamos a vuestra disposición y esperamos que dicha información os haya servido de ayuda.
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