Renovación de la residencia española
Por: Antonio Villena
No tiene sentido obtener la residencia en España si no se consigue la renovación de la residencia española, hasta conseguir la residencia permanente.
El fundamento básico de otorgar la residencia en cualquier país, es para realmente residir en el país que la otorga.
España concede la primera residencia (tanto lucrativa como no lucrativa) por un año, la renovación de la residencia española se puede efectuar a los diez meses.
La segunda residencia española, se concede por dos años, al igual que la tercera, a partir de ese momento si se ha cumplido los periodos de estancia se concede una residencia permanente la cual ya es un derecho adquirido que no se pierde.
Se establecen periodos mínimos de estancia, y éstos periodos de estancia se analizan cada vez se efectua la renovación de la residencia española, al objeto de conceder o no su renovación.
Para la renovación de la residencia española, se exige un mínimo de estancia en el país, de seis meses cada año y para obtener la residencia permanente que no se haya salido del país más de 10 meses en los últimos cinco años.
Existe excepciones para esta normativa, como son los grandes inversores (compra de vivienda por más de 500.000 €, compra de deuda pública española, etc..) y otros tipos de excepciones que se dan sin necesidad de grandes inversiones.
El compromiso con todos nuestros clientes es obtenerles la renovación de la residencia española hasta que obtengan ellos y su familia la residencia permanente en España y territorio schengen.
Entrevista con un antiguo cliente, que hace diez años le obtuvimos su residencia y que la ha estado efectuando con nosotros la renovación de la residencia española.