🇲🇦🤝🇪🇸 MARRUECOS, ACUERDO CON ESPAÑA PARA FACILITAR LA RESIDENCIA NÓMADA DIGITAL 💻🌍
¿Un Director General 👔 puede obtener la residencia Nómada digital 💻✈️ en España 🇪🇸 si no es accionista mayoritario?
En nuestro nuevo vídeo 🎥, Antonio Villena responde a una consulta real:
Un cliente marroquí 🇲🇦 ejerce como Director General en una empresa 🏢, pero no posee el 50% de las acciones 📉. ¿Puede aún optar a la residencia de Nómada digital en España?
✅ Sí, y la vía es clara.
Solo es necesario que la asamblea de socios 👥 de la empresa lo autorice formalmente a trasladarse y trabajar en España 🛫. Esta decisión debe recogerse en un acta extraordinaria 📄 donde se detalle su salario 💶, el puesto que ocupará y su autorización para trabajar desde territorio español.
Además, al estar ya dado de alta en la Seguridad Social marroquí 🧾 —y gracias al convenio bilateral 🤝 entre Marruecos y España—, no es necesario que la empresa tenga sede en España ni que él se inscriba nuevamente en la Seguridad Social española.
Con esta documentación 📑, el trámite es posible y se puede realizar sin obstáculos mayores 🚀.
¿Te encuentras en una situación parecida 🤔 o conoces a alguien que lo esté?
📩 Contacta con nuestro equipo profesional en extranjería. Podemos ayudarte 🙌.