Requisitos fundamentales para La nacionalidad española
Por: Antonio Villena
Índice de contenido:
En este post vamos a tratar un tema que probablemente interese a la gran mayoría de vosotros, que en este caso es la obtención de la nacionalidad española.
Hoy nos vamos a centrar concretamente en los tres principales requisitos para acceder a ella:
- La residencia legal permanente continuada , es decir ininterrumpida
- Certificado que demuestre la falta de antecedentes penales tanto en España como en el país de origen del solicitante.
- La integración social que se realiza a través de pruebas nacionales en todo el territorio español, organizadas por el Instituto Cervantes.
Para obtener la información detallada acerca de estos tres requisitos os recomendamos acceder al vídeo que os dejamos a continuación.
Os recordamos que para cualquier consulta, ¡no dudéis en poneros en contacto con nosotros!
¡Esperamos que os haya servido!
1. ¿Qué tengo que hacer para obtener la nacionalidad española?
Para obtener la nacionalidad española, hay que haber permanecido en el territorio nacional legalmente como residente durante el periodo que se exige de forma contínua , es decir no interrumpida . Como hemos mencionado, tiene que ser una estancia regular. No hay que confundir la residencia con la estancia, en este caso la estancia de estudiantes no cuenta a efectos de computar para la nacionalidad española.
2. Requisitos a cumplir
Para la obtención de la nacionalidad española , hay tres requisitos fundamentales que hay que cumplir. El primero es el periodo de estancia , el segundo la conducta cívica del residente que solicita la nacionalidad española y el tercer requisito es la integración social en España.
3. Periodo de residencia en España para obtener la Nacionalidad española
En términos generales el periodo que se exige para la obtención es de 10 años de residencia legal. Sin embargo hay excepciones, existen países para los cuáles los años exigidos como residentes son de dos. Estos países son :
- Países latinoamericanos
- Filipinas
- Andorra
- Portugal
También existen casos más específicos pero comunes en se concedería en un tiempo inferior, en este grupo tenemos :
- Los solicitantes de asilo : en este caso el periodo de residencia en España sería de 5 años
- Matrimonio : El hecho de estar casado con un español concede el derecho a la nacionalidad española después de un año de matrimonio
- Viudez : Si el cónyuge fallece mientras el matrimonio todavía estaba casado , se le concede la nacionalidad española a lal pareja
- Nacimiento en España: Lo único que se requiere en este caso, es un año de residencia en territorio español.
4. Conducta cívica del solicitante
El segundo requisito para poder solicitar la nacionalidad española es no tener antecedentes ni en el país de origen del solicitante ni en España. Es importante tener en cuenta que se exigen tanto los antecdentes penales como los policiales. Hay mucha confusión acerca de este asunto ya que muchas personas piensan que sólamente vale el no contar con antecedentes penales. Ls antecedentes policiales también se exigen.
5. Integración social en España
El tercer requisito para solicitarla es la integración social en España . Para llegar a tramitar la solicitud es necesario pasar dos exámenes :
1 Exámen de cultura general española : consta de 25 preguntas de las cuales se pueden fallar como máximo 10.
2 DELE: Se trata de un examen de idioma español en el que el solicitante a la nacionalidad debe demostrar que es capaz de comprender y desenvolverse en castellano . Se trata de un examen que hay que prepararse ya que no es sencillo. Consta de cuatro fases y se realiza junto a un examinador.
Cultura general sobre España : 25 preguntas , fallar 10 y 15 para acertar tipo test
Los países en los que el idioma oficial es el español están exentos de realizar este examen.
6. Tiempo de resolución
La solicitud de la nacionalidad española se realiza por vía telemática. El tiempo de resolución estipulado es de un año como máximo, sin embargo en la realidad , el expediente tarda más de un año en resolverse. En este caso se puede acudir a juicio. En general la administración resolverá el expediente que ha estado en trámite durante más de un año antes que ir a juicio.