Permiso de residencia por arraigo social a través de empresa propia con bajos costos para autónomos en el primer año.
Por: Antonio Villena
Si estás interesado en obtener la residencia por arraigo a través de una actividad empresarial por cuenta propia en España, podemos contarte acerca de las grandes facilidades que ofrece la nueva normativa de extranjería. Gracias a estas facilidades, el proceso de obtener un permiso de residencia por arraigo se ha vuelto más sencillo que nunca.
Índice de contenido:
Vamos a explicar una gran posibilidad que existe para conseguir la residencia en España por arraigo sin necesidad de presentar un contrato de trabajo, dicha posibilidad sería a través de un trabajo por cuenta propia.
1. Principales ventajas del trabajo por cuenta propia.
Gracias a la modificación reciente de la normativa de extranjería, podemos iniciar una actividad empresarial con una inversión muy pequeña, un hecho que hasta hace poco no era posible, por tanto dicha modificación conlleva muchas ventajas.
Obtener la residencia por arraigo a través de una actividad empresarial por cuenta propia puede ser una excelente opción si no queremos asumir los riesgos que conlleva un contrato de trabajo por cuenta ajena. Muchas veces estos contratos no son válidos por diferentes razones, como que el contrato no sea correcto o sea fraudulento, entre muchas otras razones, lo que puede llevar a no conseguir la residencia.
En cambio, con la creación de una actividad empresarial propia, solo se necesita una inversión muy pequeña y ser el único empleado. De esta manera, se puede conseguir de una manera sencilla el permiso de residencia por arraigo a través de un trabajo por cuenta propia. ¡Aprovecha esta oportunidad!
2. Otras facilidades y ventajas
Además, durante el primer año solo tendremos que pagar 68 euros al mes a la seguridad social por nuestro trabajo por cuenta propia. También existe la posibilidad de trabajar por cuenta ajena una vez hayamos conseguido el permiso de residencia por cuenta propia, con un límite teórico de 30 horas a la semana si trabajamos por cuenta ajena.
Incluso existe la ventaja de que, una vez que hayamos renovado la residencia para cuatro años, podremos trabajar tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, siendo ambas opciones muy sencillas de realizar.
Es importante recordar que debemos aportar las pruebas que acrediten que hemos estado residiendo en España una vez cada 120 días como máximo y el informe del ayuntamiento.
Por tanto, se puede concluir que la nueva normativa de extranjería ha facilitado y flexibilizado de forma muy importante la posibilidad de conseguir un permiso de residencia por arraigo a través de una actividad empresarial por cuenta propia.
Esperamos que esta información os haya servido y estamos a vuestra disposición para prestaros ayuda y asesoramiento en lo que haga falta.
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